lunes, 31 de octubre de 2016

¿Quieres ahorrar?

Comunidad10 La nueva gestión de comunidades de vecinos

¿sabes que podéis ahorrar un mínimo de 600€/año? ¿sabes que además os hacemos un plan de ahorro para que podáis ahorrar en servicios hasta 1000€/año mas?

Además ¿sabes que todo esto se realiza con una transparencia absoluta?

Si quieres saber más no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Llámanos al 689674204 y te diremos como.


lunes, 24 de octubre de 2016

¿Pagas demasiado por la administración de tu Finca?




Comunidad10 La nueva gestión de comunidades de vecinos

Ahorro para la comunidad de vecinos


Comunidad 10 se preocupa por ti y no quiere que gastes ni un euro de más. 

Te ofrecemos el mejor precio, porque no somos una empresa de administración más, somos la nueva forma de gestionar comunidades de vecinos.

Ser punteros en tecnología, no solo nos hace únicos, si no que nos permite ofrecer el mejor servicio de administración de fincas al mejor precio.

Nuestra tarifa de 1, 2 y 3 euros es la más económica porque hacemos que la tecnología trabaje para ti. Nuestra centralización de servicios y nuestro volumen, nos permite ofrecerte la mejor atención al mejor precio.

 



 
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Solo 1€ al mes por parquin de la comunidad






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Sólo 2€ al mes por piso de la comunidad                                                
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Sólo 3€ al mes por local de la comunidad



sábado, 22 de octubre de 2016

Estudio sobre asistencia, reuniones, motivaciones y problemas en las comunidades de propietarios

Comunidad10 La nueva gestión de comunidades de vecinos


Estudio “Vecinos en Comunidad” realizado por Mutua de Propietarios

La semana pasada Mutua publicaba un interesante estudio sobre las comunidades de propietarios. Según el mismo las reformas comunitarias, la morosidad, el uso de zonas comunes y los ruidos son las principales causas de conflicto entre propietarios.
El estudio indica que sólo un 10% de los vecinos asiste siempre a las convocatorias de propietarios, el porcentaje de los que acuden es inferior al 50% en el 63% de las reuniones.
Falta de interés (33%); horarios (24%) y confianza en las decisiones de los responsables (19%), son los pretextos más usuales para no acudir, aunque un 9,6% indica “conflictos con los vecinos” para no ir a la reunión.
Igualmente, en el 48% de las comunidades de propietarios sólo se realiza una convocatoria anual, si bien, cuantos más vecinos, más reuniones (en el 32% de las comunidades grandes se realizar tres o más reuniones al año).
Las reformas de la comunidad son el principal motivo de disputa entre propietarios (28,9%), seguida por la morosidad (24%), los conflictos de intereses (14,2%), el uso de zonas comunes (11,9%) y los ruidos (8,8%).
Según el estudio de la compañía de seguros los siniestros más habituales en las comunidades son los daños por agua (81,5%), seguido de los fenómenos atmosféricos (21%), de la rotura de cristales (10%) y de la Responsabilidad civil (8%).

viernes, 21 de octubre de 2016

Accesibilidad de las comunidades de vecinos


Comunidad10 La nueva gestión de comunidades de vecinos


75% de las fincas necesita mejorar su accesibilidad.


Según datos del INE, el 56% de los edificios de primera vivienda fueron construidos antes de 1980 y en muchos casos no se han realizado las modificaciones necesarias para garantizar su accesibilidad. La presencia de escalones para acceder a la finca y la falta de ascensor son dos de las principales dificultades.
Tal como apunta el presidente del Consejo General de Colegios y Administradores de Fincas de España, el 75% de las fincas necesita mejorar su accesibilidad. Así lo demuestran los datos vinculados a la accesibilidad de los edificios, puesto que el 47% de las personas mayores de 75 años y más sufren alguna restricción en el acceso y la movilidad por los edificios. A pesar de que la gente mayor es el colectivo con más dificultades, la gente joven también afirma encontrarse con algunas restricciones (el 28% de la población entre 15 y 44 años).
Con una esperanza de vida en aumento, es previsible que los problemas de movilidad crezcan si no se garantiza la accesibilidad a los edificios. Para garantizar la movilidad de todas las personas es fundamental que los espacios urbanos y las viviendas cumplan los requisitos de accesibilidad universal y se piensen desde el diseño para todos/as.


Fuente: http://www.observatoridiscapacitat.com/es/accesibilidad-y-diseno-universal-de-las-viviendas

martes, 18 de octubre de 2016

¿Qué te ofrece Comunidad10?

Comunidad10 La nueva gestión de comunidades de vecinos

Servicios para las comunidades de vecinos


Somos la nueva administración de comunidades donde el centro eres tú. Para nosotros lo importante es que dispongas de todo aquello que necesitas al mejor precio. Como administradores procuramos el funcionamiento ordinario de la comunidad de vecinos, así como que tu comunidad cumpla con lo exigido por la ley.
Tus necesidades son nuestros servicios: tienes a tu disponibilidad una aplicación y un teléfono donde te atenderemos y te informaremos de nuestra amplia cartera de servicios.
Nuestra fantástica herramienta de gestión, gratuita para los propietarios que contraten nuestros servicios de administración de comunidades, te permite:
  • consultar la información de tus inmuebles,
  • consultar documentos como actas, convocatorias, presupuestos, estatutos, …
  • consultar las cuentas de la comunidad, movimientos y balances actualizados al día
  • enviar las incidencias de la comunidad, ¿problemas? avísanos
  • tablón de anuncios virtual, reuniones, informaciones y todo aquello que tu comunidad requiera
En tu comunidad nosotros realizaremos la reunión ordinaria de vecinos donde aprobar las cuentas, el presupuesto y elegir a los cargos de la comunidad. Estaremos a tu disposición para asesorar y participar en reuniones extraordinarias si así lo deseáis. Os asesoraremos en el cumplimiento de la normativa legal, dando consejos en las decisiones, velando por el buen funcionamiento y el cumplimiento de los acuerdos de juntas. Y si es necesario, nuestros abogados también reclamaran el impago de cuotas.
Finalmente también ponemos a tu disposición todo un catálogo de servicios y productos para tu comunidad y tu hogar.
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lunes, 17 de octubre de 2016

¿Por qué no una forma de gestionar tu comunidad?

Comunidad10 La nueva gestión de comunidades de vecinos

¿sabes lo que estás pagando al mes a tu administrador? ¿sabes si la comunidad dispone de fondo de reserva? ¿sabes si está todo al corriente de pago y en la cuenta de la comunidad hay saldo y cuanto?
¿hay morosos en tu comunidad? ¿sabéis que hacer con ellos? ¿quieres ahorrar unos 1000 € al año? 

Todas las respuestas a estas preguntas las tendrías con los servicios que te ofrecemos desde Comunidad 10.

Si eres de Viladecans o Gavà no dudes en contactar con nosotros para que te informemos de todo ello. Sin compromiso... aunque estamos seguros que querrás que te ayudemos. 

Llámanos al 689674204 y no te arrepentirás. 


jueves, 13 de octubre de 2016

Impugnación de una Junta de Propietarios de una comunidad de vecinos

Comunidad10 La nueva gestión de comunidades de vecinos

Para impugnar un acuerdo de la Junta de Propietarios, se tiene que dar algunas de las siguientes causas, de acuerdo al art. 18 de la Ley de Propiedad Horizontal:
a) Cuando el acuerdo sea contrario a la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), o a los Estatutos de la Comunidad de Propietarios.
b) Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.
c) Cuando supongan un grave perjuicio de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.
¿Quién puede impugnar?
a) Los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta (que votaron en contra del acuerdo).
b) Los ausentes por cualquier causa.
c) Los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto.
¿Qué se necesita para impugnar?
Que sea propietario y esté al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la Comunidad, o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas.
¿Cuándo impugnar? ¿Qué plazo tengo?
El plazo para la impugnación será de 3 meses a contar desde la comunicación del acuerdo al propietario, salvo para los acuerdos que sean contrarios a la Ley o a los Estatutos de la Comunidad que el plazo será de 1 año.
Para los propietarios ausentes, dicho plazo se computará a partir de la comunicación del acuerdo conforme al procedimiento establecido en el artículo 9 LPH.
¿Cuándo se ejecuta?
La impugnación de los acuerdos de la Junta no suspenderá su ejecución, salvo que el Juez así lo disponga, con carácter cautelar, a solicitud del demandante oída la comunidad de propietarios.